miércoles, 28 de marzo de 2012

VIDA y ABORTO - por gabriel andrade

Desarrollo de la vida
La vida de un ser humano es un largo proceso que se inicia cuando de dos gametos -uno masculino y otro femenino- surge una nueva vida biológica, fruto de la fecundación, quien en las distintas etapas de su desarrollo recibe nombres distintos:
1º: cigoto: es la primera célula que resulta de la fusión de las células masculina y femenina.
2º: mórula: es el que aparece tras las primeras divisiones celulares en la que pronto aparecerá una diferenciación entre las células que formarán el embrión (embrión preimplantado o preembrión) y las destinadas a formar la placenta.
3º: blastocito: es la nueva fase en donde placenta y embrión anidarán en la pared del útero de su madre.
4º: feto: se encuentra en la fase cuando se van diferenciando sus órganos, unos antes que otros, durante todo el período embrionario, al tiempo que la placenta se desarrolla por completo. Así continúa su crecimiento mientras se produce la maduración funcional de sus órganos hasta que, en un momento dado, nacerá
5º: nonato: se llama así al recién nacido.
Y este proceso único continúa después del nacimiento, y el neonato se hace niño; el niño, adolescente; el adolescente, joven; el joven, adulto y el adulto, anciano.
Todos éstos son los nombres que distinguen las etapas de la vida de un solo ser biológico que surgió con la fecundación y que será el mismo hasta que muera, aunque su apariencia externa sea muy diferente en una u otra fase.
La discusión se plantea en el momento que este ser biológico califica de ser humano.
Unos plantean de que el hecho de que en una determinada fase de su vida el hijo necesite el ambiente del vientre materno para subsistir no implica que sea una parte de la madre. Es un hecho de que desde la fecundación tiene ya su propio patrimonio genético distinto del de la madre, y su propio sistema inmunológico diferente también del de la madre; por tanto, no por estar dentro forma parte de la madre. Así, la capacidad de subsistir fuera del seno materno ha de ser forzosamente ajena a la determinación del inicio de la vida humana, porque un recién nacido es también absolutamente incapaz de subsistir por sí mismo sin recibir los oportunos cuidados. El nacimiento determina un cambio en el modo de recibir el oxígeno y un cambio en el modo de alimentarse, pero el resto del desarrollo continúa el curso que ya se inició en la vida intrauterina.
La ciencia ha determinado estos períodos de desarrollo más notables:
A las dos semanas se inicia el desarrollo del sistema nervioso.
A las tres semanas de vida empieza a diferenciarse el cerebro, aparecen esbozos de lo que serán las piernas y los brazos y el corazón inicia sus latidos.
A las cuatro semanas ya empiezan a formarse los ojos.
A las seis semanas la cabeza tiene su forma casi definitiva, el cerebro está muy desarrollado, comienzan a formarse manos y pies, y muy pronto aparecerán las huellas dactilares, las que tendrá toda su vida.
A las ocho semanas el estómago comienza la secreción gástrica; aparecen las uñas.
A las nueve semanas se perfecciona el funcionamiento del sistema nervioso: reacciona a los estímulos y detecta sabores, pues se ha comprobado que si se endulza el líquido amniótico -en el que vive nadando dentro del vientre materno- ingiere más, mientras que si se sala o se acidula, lo rechaza.
A las once semanas ya se chupa el dedo, lo que puede verse en una ecografía.
La mayor parte de los órganos están completamente formados al final de la duodécima semana, y casi todos ellos funcionarán ya en la segunda mitad de la vida intrauterina. Pero hay cambios que no se producirán más que después de nacer: la primera dentición sólo aparece seis meses después del nacimiento, los dientes definitivos lo hacen hacia los siete años y algunas veces las últimas muelas no salen hasta bien avanzada la edad adulta. La pubertad, con todos sus cambios anatómicos y fisiológicos, irrumpe en la segunda década de la vida, y la capacidad reproductora en la mujer se inicia poco después de la pubertad y cesa en el climaterio.
Es decir sin discusión alguna, la vida en sí es un proceso único, que empieza en la fecundación y no se detiene hasta la muerte, con sus etapas evolutivas e involutivas.
El hijo desde su etapa intrauterina, es un ser por completo distinto de su madre, que se desarrolla y reacciona por su cuenta, aunque la dependencia de su madre sea muy intensa, dependencia que, por cierto, continúa mucho tiempo después del nacimiento. Ni siquiera forman parte del cuerpo de la madre la placenta, el cordón umbilical o el líquido amniótico, sino que estos órganos los ha generado el hijo desde su etapa de cigoto porque le son necesarios para sus primeras fases de desarrollo, y los abandona al nacer, de modo semejante a como, varios años después del nacimiento, abandona los dientes de leche cuando ya no le son útiles para seguir creciendo.

Aborto
La Medicina entiende por aborto toda expulsión del feto, natural o provocada, en el período no viable de su vida intrauterino, es decir, cuando no tiene ninguna posibilidad de sobrevivir. Si esa expulsión del feto se realiza en período viable pero antes del término del embarazo, se denomina parto prematuro, tanto si el feto sobrevive como si muere.
El Derecho Canónico considera aborto la muerte del feto mediante su destrucción mientras depende del claustro materno o por su expulsión prematuramente provocada para que muera, tanto si no es viable como si lo es.

Concepciones filosóficas de persona
La concepción cristiana actual considera que desde que se produce la fecundación mediante la unión del espermatozoide con el óvulo, surge un nuevo ser humano persona distinto de todos los que han existido, existen y existirán. En ese momento se inicia un proceso vital esencialmente nuevo y diferente a los del espermatozoide y del óvulo, que tiene ya esperanza de vida en plenitud. Desde ese primer instante, la vida del nuevo ser merece respeto y protección, porque el desarrollo humano es un continuo en el que no hay saltos cualitativos, sino la progresiva realización de ese destino personal.
Así, desde que se forma el nuevo patrimonio genético con la fecundación existe un ser humano al que sólo le hace falta desarrollarse y crecer para convertirse en adulto. A partir de la fecundación se produce un desarrollo continuo en el nuevo individuo de la especie humana, pero en este desarrollo nunca se da un cambio cualitativo que permita afirmar que primero no existía un ser humano y después, sí. Este cambio cualitativo únicamente ocurre en la fecundación, y a partir de entonces el nuevo ser, en interacción con la madre, sólo precisa de factores externos para llegar a adulto: oxígeno, alimentación y paso del tiempo. El resto está ya en él desde el principio.
En la vida intrauterina este ser humano primero es un embrión preimplantado (hasta la llamada anidación, unos 12-14 días después de la fecundación, en que cabe la posibilidad de que de un mismo óvulo fecundado surjan gemelos); después es un embrión hasta que se forman todos sus órganos; luego, mientras éstos van madurando, un feto, hasta formarse el bebé tal como nace.
Así, no tendría sentido decir que un niño proviene de un feto, sino que él mismo fue antes un feto, del mismo modo que un adulto no proviene de un niño, sino que antes fue niño, y siempre es el mismo ser humano,
El que puedan llegar a existir dos seres humanos a partir de un mismo óvulo fecundado no significaría que antes de la división no haya ninguno, sino más bien que donde había uno -por un proceso todavía no bien conocido- llega a haber más de uno.
Hay que tener en cuenta que no es lo mismo individualidad que indivisibilidad. Un ser vivo puede ser individual, pero divisible; es el caso de las bacterias y otros microorganismos. Pero una bacteria no es un ser humano. ¿Y un embrión preimplantado lo es?
Aquí se desarrolla la diferencia esencial entre las concepciones en pugna.
Para unos, el que en una determinada época de su evolución biológica un ser vivo pueda ser divisible no invalida su carácter de individuo único en los momentos anteriores. El ser humano, como se ha dicho antes, hasta aproximadamente el día 12-14 de su evolución es individual, pero divisible, y a partir de la anidación es ya único e indivisible.
Para otros, esto es prueba suficiente para probar que este ente biológico no llega a ser un individuo como tal, por lo tanto no es persona ni ser humano.
En la opinión del eminente teólogo Leonardo Boff, referencia que se debe entender la vida humana como un proceso que nunca está terminada. El código genético, que conoce varias fases, se va desarrollando lentamente, hasta que el ser concebido adquiere una relativa autonomía. Incluso después de nacidos no estamos todavía terminados, pues no tenemos ningún órgano especializado que asegure nuestra supervivencia. Necesitamos del cuidado de los otros, del trabajo sobre la naturaleza para garantizar nuestra supervivencia. Todo este proceso es humano, pero puede ser interrumpido en una de sus fases. Esto querría decir que se produce la interrupción de un proceso que tendía a la plenitud humana, pero que no llegó a término. El aborto puede ser situado en este marco. Debemos proteger el proceso lo más posible, pero debemos también entender que puede ser interrumpido por razones aleatorias o por decisión humana. Ésta no está exenta de responsabilidad ética, pero debe tener en cuenta el carácter procesual de la constitución de la vida hasta alcanzar su autonomía. No es una agresión al ser humano propiamente dicho, sino al proceso que tendía a constituir un ser humano. Aunque entonces sería similar a la interrupción evolutiva de un niño o un puber que no ha alcanzado su madurez.

Breve Historia jurídica del aborto
En los Archivos Reales de China, casi 3.000 años antes de Cristo, se anota una técnica abortiva. Un papiro egipcio de 1.550 años antes de Cristo describe también algunas técnicas abortivas. Entre los griegos y los romanos, el aborto era una situación común. De ellos, se dice que «hicieron del aborto la base de una bien ordenada política de población». Sólo para la medicina greco-romana se ha llegado a catalogar más de 400 procedimientos de efectuar abortos. En estas culturas, el aborto, así como el infanticidio, estaban permitidos y socialmente aceptados. El historiador judío romanizado Flavio Josefo cuenta cómo se obstruían los desagües de la antigua Roma por los cadáveres de las niñas bebés, ya que para una familia romana era una desproporción tener más de una hija mujer, a diferencia de la cultura judía, a la que -sólo por este tema- era despreciada.
Santo Tomás de Aquino anotaba que el alma no estaba infundida en el embrión hasta que éste no se formara. Según su pensamiento, ningún ser humano tenía existencia en el período temprano de gestación. Creía que el aborto tenía que ser permitido en este período. Se pensaba que el feto sólo se convertía en ser humano a los 40 días para los varones, según Aristóteles, a los 80 días para las hembras, según sugiere el Levítico.
El Papa Gregorio IX en el siglo XIII declaró que el aborto era aceptado si se hacía antes de que el feto se moviera. Esta noción se mantuvo por 300 años, hasta que en 1588 el Papa Sixto V mediante la Bula Effraenatam, condenó el aborto y la anticoncepción. Sólo tres años más tarde, el Papa Gregorio XIV abolió todas las penas contra el aborto, excepto aquellas que se aplicaban al aborto contra un feto con alma (más de 40 días de embarazo). Esta norma se mantuvo hasta 1869 cuando el Papa Pío IX volvió a la condenación contenida en la Bula Effraenatam contra el aborto, decisión que la Iglesia Católica mantiene a partir de entonces, hasta hoy.
A partir de esta bula y su influencia en las legislaciones y el derecho, en algunos países el aborto se empezó a considerar como un crimen.
Luego, y entrado el siglo XX, se han producido varias modificaciones en esa situación: la Unión Soviética permitió el aborto en 1920, y en la década de los 30 se añadieron varios países escandinavos y posteriormente otros del Este de Europa entonces bajo la dominación soviética, así como Japón. A partir de finales de los años 60 se va permitiendo el aborto provocado -con más o menos restricciones, según los países- en el mundo occidental, aunque en muchas naciones sigue respetándose y protegiéndose el derecho a la vida del no nacido como un ser humano en proceso de plenitud.

Iglesia y aborto. Herejía y excomunión
La Iglesia, a efectos de su ética interna, puede establecer el momento de la concepción de la vida humana; pero deber ser consciente de que está entrando en un campo en el cual no tiene competencia específica, el campo de la ciencia. Si entendemos la vida humana como un proceso cósmico que culmina en la fecundación del óvulo, debemos entonces cuidar de todos los procesos necesarios para la emergencia de la vida, como son la infraestructura ambiental y social. Todo lo que concurre para el surgimiento de la vida debe ser objeto del cuidado de todos. Todos los seres, especialmente los vivos, son interdependientes. No se puede pensar la vida humana fuera del contexto mayor de la vida en general, de la biosfera y de las condiciones ecológicas que sostienen todo el proceso completo. Tales conocimientos raramente son evocados en el debate actual.
Por otra parte, el aborto como herejía lo sería sólo si se considera como una verdad de fe divina y católica. Es verdad que Dios prohíbe matar. Pero no sólo a los no nacidos, sino a todo ser humano. Sin embargo, la institución católica no amenaza con la herejía a quienes admiten la pena de muerte. Y, durante siglos, los clérigos enseñaron que matar a herejes, infieles, homosexuales y otras gentes rechazadas por la religión, eso no era pecado, sino un deber. Así las cosas, un católico tiene que estar en contra de la muerte. Pero de la muerte de todo ser humano. Y aquí habría que volver a aclarar dos cosas: 1) a partir de qué momento un embrión empieza a ser un "ser humano", un asunto sobre el que no hay un consenso ni en la comunidad científica, ni en la comunidad creyente. 2) por qué los obispos son tan exigentes en el tema del aborto y no lo son en otras agresiones mortales a la vida humana, como es el caso de la guerra o de la pena de muerte.
La excomunión es la privación de la comunión sacramental y de la participación en cualquier ceremonia de culto sagrado, así como desempeñar oficios o cargos eclesiásticos (can. 1331). Por tanto, es un castigo que se refiere directamente a la Eucaristía y, por eso, a la vida cultual de la Iglesia en todas sus manifestaciones. Aquí es conveniente recordar que, según cuentan los evangelios, Jesús no excluyó jamás nadie de su mesa. Ni siquiera excluyó a Judas en la Cena en que instituyó la Eucaristía. Es más, sabemos que a Jesús se le acusaba de que precisamente solía compartir sus comidas con pecadores y gentes de mala fama (Lc 15, 1 ss), lo que era motivo de escándalo para los observantes de entonces. Pasado el tiempo, se introdujo la costumbre de prohibir la comunión a los pecadores "escandalosos". Esta práctica se mantuvo hasta finales del s. VII. Pero, si el problema estaba en los pecados "escandalosos", eso quiere decir que eran hechos "públicos" y "notorios". No hay datos que demuestren con seguridad que la "vida privada" de los cristianos fuera motivo de exclusión de la Eucaristía. Como es lógico, la interrupción del embarazo, si se practica en los comienzos de la gestación, parece que se sitúa en el ámbito de la privacidad de la persona.

Legislaciones abortivas
Estas legislaciones prevén ciertas circunstancias y condiciones dentro de las cuales no se castiga a quien lo practique ni a quien consienta que se le practique.
Estas circunstancias son de tres clases: unas, relativas a la madre: que preste su consentimiento al aborto; que del embarazo se derive un grave peligro para su vida o su salud física o psíquica, o que el embarazo sea el resultado de un delito de violación. Otras, relativas al hijo: que se presuma que habrá de nacer con graves taras físicas o psíquicas. Otras, en fin, relativas a la misma práctica del aborto: que cuando se realice en virtud de uno de los casos anteriores, se haga en un centro autorizado para ello; que se practique por un médico o bajo su dirección; que, en algunos casos, haya uno o más dictámenes médicos que aconsejen el aborto, y que éste se realice no más tarde de determinados plazos en los casos de violación o de presuntas malformaciones del hijo.
A partir de esto, existe dos tipos de legislaciones bien diferenciadas en el mundo:
a) el “sistema de indicaciones” (a cada indicación suele corresponder un plazo de embarazo en que el aborto provocado no es punible) en que la Ley considera la vida del no nacido como un bien digno de protección, aunque se piense que no debe castigarse penalmente a quien aborta si existe un conflicto de bienes que el Estado no quiere prejuzgar cómo se resuelve. Esta legislación argumenta que, en casos límites, no puede exigirse de las madres angustiadas una conducta heroica, ya que ésa no es función de la norma penal. Así, abortar bajo estas condiciones es un delito pero el delincuente por su estado de necesidad no sería punible.
b) El “sistema de plazos” en donde el aborto es legal en determinado plazo del embarazo. Se parte de la base de que el hijo concebido y no nacido no merece ninguna protección legal más que a partir de determinado tiempo de vida intrauterino, que es cuando se le empieza a considerar merecedor de protección. Aquí, cumpliendo determinados requisitos, abortar no sería delito e incluso es una conducta socialmente respetable.

Estado, Mujer y aborto
a) En la concepción de que estamos en presencia de un ser humano desde el cigoto concluimos que el aborto no es un problema de conciencia individual de la madre, ni del padre, pues afecta a alguien distinto de ellos: el hijo ya concebido y todavía no nacido. Aquí, los Estados tienen obligación de poner los medios, también los jurídicos, para que no se practiquen abortos, del mismo modo que tienen obligación de poner los medios necesarios para que no se asesine, se viole o se robe; y conforme a las técnicas jurídicas actuales, la tipificación penal del aborto como delito es la medida jurídica proporcionada a la gravedad del atentado que supone contra la vida humana.
b) En la concepción de que no estamos en presencia de un ser humano hasta pasando un tiempo que varía según los casos, entonces el aborto es un problema de conciencia individual y privado de la madre, pues afecta sólo a ella y su cuerpo, y los Estados que respeten las libertades individuales de las personas no tendrían derecho a inmiscuirse en sus asuntos privados.
En cualquier caso, los Estados no están exentos de proveer los medios jurídicos para que se desarrolle una política contraria a la práctica de abortos (protección total de salud integral a la madre con embarazo no querido, cobertura legal para la donación en adopción del hijo no querido, premios o subvenciones a la natalidad indeseada, acompañamiento sicosociológico para todas estas decisiones de vida, etc.).
El carácter evasivo del Estado no estaría proporcionado a la gravedad intrínseca de la problemática integral del aborto, que, por tratarse de un tema donde se discute un bien básico y fundamental, merece la máxima protección jurídica, que hoy se queda muy corta al tipificarlo livianamente como delito o no. Así, el Estado está obligado también a favorecer la vida de las personas y su dignidad, ayudando a resolver los problemas sociales que están en el fondo de la decisión o la tentación de abortar (ayudando a la maternidad, favoreciendo la adopción, creando un marco de costumbres públicas que favorezcan la vida y la vida digna...), y buscando el ideal de que no sea necesario aplicar las penas del delito porque las medidas positivas sean más eficaces.

Moral y aborto
La cuestión del aborto es un problema científico, político y social grave. Pero también es, y en gran medida, un serio problema moral para cualquiera, sea o no creyente. Estas consideraciones no forman parte sólo de la doctrina y la moral católicas, sino que dividen el sentido común humanista. Oponerse al aborto provocado se ve tanto como una obligación indeclinable para todos los que creen en el derecho a la vida y que la conciben desde la formación del cigoto, tanto como un militancia existencial para todos los que honestamente creen que este cigoto no es un ser humano y entonces reclaman como derecho la dignidad y libertad de decisión de la madre que lo contiene, más allá del riesgo o no de su salud, de ser aceptado, querido o deseado el embarazo o no.
Sale sobrando cualquier excusa a favor o en contra fuera de esta disyuntiva:
a) las circunstancias en la cual se deba optar ente la vida de la madre o la del hijo en la actualidad son realmente pocas. El temido caso de los embarazos "ectópicos" o que progresan fuera del útero materno están siendo manejados médicamente cada vez con mayor facilidad. Por otro lado, el código de ética médica señala que en el caso de complicaciones en el embarazo deben hacerse los esfuerzos proporcionados para salvar a madre e hijo y nunca tener como salida la muerte premeditada de uno de ellos.
b) El caso de aquellos embarazos que siguen a una violación son extremadamente raros.
Una vez consumada la espantosa agresión de la violación parece claro que el aborto no va a quitar ningún dolor físico o psicológico producido ella. Es de esperar que esto le va a agregar las complicaciones físicas y psíquicas que ya el aborto tiene de por sí.
Aquí es donde entra a tallar un conflictos de intereses entre el derecho de la madre de no engendrar el fruto de esta violación y la vida de: i) un ser humano en evolución que es a todas luces inocente, o ii) un cigoto que todavía no es un ser humano y puede ser extirpado como un tumor maligno.
c) Con respecto a los "abortos eugenésicos", se los justifica cuando se comprueba deficiencias físicas o mentales del feto para establecer el criterio de valor de cuándo una vida vale o no para proseguir su proceso de desarrollo. Aquí es donde el conflictos de intereses se enfrentan entre un declamado derecho de los padres de interrumpir el embarazo por no satisfacer éste a sus expectativas y el derecho a la vida de: i) un ser humano en evolución que, aunque defectuoso, tiene derecho y querrá vivir si pudiera hacerlo, o ii) un cigoto que todavía no es un ser humano y puede ser eliminado como un error humano par volver a intentarlo más tarde buscando mejor suerte. Es de mencionar que una de las manifestaciones contra el aborto más impresionantes en el estado norteamericano de California fue la realizada por un numeroso grupo de minusválidos reunidos bajo un gran cartel: "Gracias mamá porque no me abortaste". Dr. Paul Cameron ha demostrado ante la Academia de Psicólogos Americanos que no hay diferencia entre las personas normales y anormales en lo que concierne a satisfacción de la vida, actitud hacia el futuro y vulnerabilidad a la frustración. "Decir que estos niños disfrutarían menos de la vida es una opinión que carece de apoyo empírico teórico", dice el experto. Incluso son numerosos los testimonios de los padres de niños disminuidos física o mentalmente que manifiestan el amor y la alegría que esos hijos les han prodigado.
Pero de nuevo nos encontramos en esta disyuntiva esencial del asunto de que si el embrión es o no es una persona, con el aditivo de que científicamente, las pruebas prenatales no tienen seguridad del 100% para determinar malformaciones o defectos.
d) Por último nos queda el argumento de que el aborto debe ser legal porque todo niño debe ser deseado. El "deseo" o "no deseo" no afecta en nada la dignidad y el valor intrínseco de una persona si desde el cigoto ya lo es. De ser así, este embrión no puede ser considerado una "cosa" sobre cuyo valor puede decidir otro de acuerdo a su estado de ánimo. De todavía no conformar una persona, se podría tolerar semejante liviandad en la actuación de los progenitores ya que sería de competencia íntima y privada, siendo la madre la que correría con todos los riesgos Por otro lado, el que una mujer no esté contenta con su embarazo durante los primeros meses no indica que esta misma mujer no vaya a amar a su bebé una vez nacido y podríamos seguir así con las especulaciones hasta el infinito sin definir el derecho de la madre sobre lo que se ha engendrado dentro de su cuerpo sin fisiológicamente pertenecer a él o el derecho de esta vida que no alcanzamos a definir como persona o no.
e) Con respecto que con la legalización del aborto se terminarían los abortos clandestinos, las estadísticas en los países "desarrollados" demuestran que esto no es así. La gran mayoría de abortos no son por un motivo "sentimental", "terapéutico" o "eugenésico", sino por un embarazo considerado "inconveniente", no es extraño que una mujer implicada en algún tipo de falta (moral, social, económica, contractual) busque igualmente métodos abortivos por fuera del sistema por la sencilla razón de que una ley, aunque quite la pena legal, no quita el deseo de ocultamiento por múltiples diferentes motivos.Pero volvemos siempre a lo mismo: sea el motivo que fuese será válido si no se afecta con el aborto la vida insipiente de un ser humano o se reducirá al ámbito de lo privado si se consideran los primeros momentos de gestación como una fase prehumana de la persona a ser.

Consecuencias físicas y psíquicas del aborto
Después de un aborto legal, aumenta la esterilidad en un 10%, los abortos espontáneos también en un 10%, y los problemas emocionales suben del 9 al 59%. Además, hay complicaciones si los embarazos son consecutivos y la mujer tiene el factor RH negativo. Los embarazos extra-uterinos aumentan de un 0.5% a un 3.5%, y los partos prematuros de un 5% a un 15%. También pueden darse perforación del útero, coágulos sanguíneos en los pulmones, infección, y hepatitis producida por las transfusiones, que podría ser fatal.
Además, cada vez más investigaciones tienden a confirmar una importante tesis médica: que la interrupción violenta del proceso de gestación mediante el aborto afecta las células de las mamas, haciéndolas sensiblemente más propensas al cáncer. Algunos partidarios del aborto incluso han llegado a plantear que el aborto es menos peligroso que un parto. Esta afirmación es falsa: el aborto, especialmente en los últimos meses del embarazo, es notablemente más peligroso. En los países ricos mueren dos veces más mujeres por aborto legal que por disfunciones del parto. Por otro lado, algunas mujeres tienen problemas emocionales y psicológicos inmediatamente después del aborto, otras los tienen muchos años después: se trata del Síndrome Post Aborto.
Las mujeres que lo padecen niegan y reprimen cualquier sentimiento negativo por un periodo promedio de al menos cinco años. Después surgen una variedad de síntomas, desde sudoraciones y palpitaciones hasta anorexia, alucinaciones y pesadillas. Los síntomas son sorprendentemente similares a los del Síndrome de tensión post traumático que sufrieron algunos veteranos, 10 años o más después de haber combatido en una guerra.

Conclusión a nivel personal
Volvemos siempre a la disyuntiva central: sea el motivo que fuese por el cual una persona se practica un aborto; más allá de toda legalidad y consecuencia física o psíquica el aborto será válido si no se afecta con éste la vida insipiente de lo que desde el comienzo de la concepción es ya un ser humano, o se reducirá al ámbito de lo privado, personal y reivindicativo del derecho individual de cada quien si se consideran los primeros momentos de gestación como una fase prehumana de la persona que todavía no es.
En lo particular, es una respuesta que no estoy en condiciones de dar, pero que ante la duda elijo considerar a la persona humana desde su concepción y concederle a ese ser humano insipiente todas las garantías desde el Estado para asegurar la dignidad plena de esta vida y del proceso que la lleva a su plenitud.
Eso sí, una vez ocurrido un aborto, considero inconducente un castigo penal de la madre ya que la creo tan víctima como la vida que acaba de abortar.